Consejo de administración Coomultrup
Acto de poseción: Marzo 25 de 2022 (Acta de asamblea #034 del 12 de marzo de 2022)
Consejeros Principales
- Oscar Augusto Fiallo Soto, Presidente
- Lorenzo Leal Buitrago, Vicepresidente
- Jorge Eliecer Portilla Rodríguez, Secretario
- Carlos Augusto Rangel Álvarez, Vocal
- Wilson Alberto Contreras Espinosa, Vocal
Suplentes
- Ana Joaquina Cruz Romero
- Luis José Quintanilla Gómez
- Edwin Omar Jaimes Rico
- Gustavo Castellanos Pulido
Junta de Vigilancia
- Ciro Alfonso Caicedo Camargo, Presidente
- Jesús Antonio Hernández Jaimes, Vicepresidente
- José Hernán Gómez, Secretario
Suplentes
- Bellkys Yaneth Díaz Contreras
- Aide Castellanos Castellanos
- Augusto Peñaloza Alvernia
Revisora Fiscal Principal
Funciones legales y estatutarias
Consejo de Administración
- Expedir, aprobar y cumplir su propio reglamento.
- Elegir a los miembros del comité de Crédito, Comité de educación, y demás comités, asignarles sus funciones y establecer sus respectivos reglamentos.
- Proponer y desarrollar metas, objetivos, políticas, programas y actividades para operacionalizar el Plan de Desarrollo y de acción de “COOMULTRUP”.
- Aprobar el presupuesto para cada ejercicio económico y velar por su adecuada ejecución.
- Definir la estructura administrativa, la planta de personal, los niveles de remuneración y el monto de las fianzas conforme a la Ley.
- Aprobar o eliminar los servicios para el funcionamiento de “COOMULTRUP”.
- Nombrar, evaluar, ratificar o remover al Gerente y señalarle sus funciones y niveles de competencia.
- Determinar las cuantías máximas autorizadas al Gerente para efectuar operaciones y contratos dentro del giro normal de Coomultrup.
- Analizar y evaluar los Estados Financieros mensual y anualmente.
- Elaborar el proyecto de distribución de excedentes para presentarlo a la aprobación de la Asamblea.
- Decidir sobre el ingreso, suspensión o exclusión de los asociados, agotando los procedimientos contemplados en los presentes estatutos.
- Ordenar el traspaso y devolución de certificados de aportación y demás beneficios causados a los asociados (as) o a sus herederos.
- Presentar a la Asamblea General el informe de gestión, y los resultados del ejercicio económico anual.
- Cumplir y hacer cumplir las decisiones de la Asamblea, siempre y cuando no contravengan la Ley y los Estatutos.
- Aprobar el monto de los créditos solicitados por la Gerencia, los Consejeros, los miembros de la Junta de Vigilancia y sus familiares.
- Convocar y preparar la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria.
- Reglamentar y ejecutar las inversiones tanto permanentes como transitorias de “COOMULTRUP”.
- Autorizar convenios o acuerdos con otras entidades.
- Decidir sobre el ejercicio de acciones judiciales.
- Analizar y valorar los informes que le presenten la Gerencia, la Revisoría Fiscal y la Junta de Vigilancia y presentar recomendaciones.
- Delegar en la Gerencia, cuando lo considere necesario y conveniente, algunas de sus atribuciones dejando constancia en el acta respectiva.
- Presentar a la Asamblea General o Delegados para su estudio y aprobación propuestas y proyectos convenientes y necesarios para el desarrollo y progreso de la cooperativa.
- Aplicar sanciones a los asociados que infrinjan los estatutos y reglamentos de la cooperativa.
- Ejercer todas aquellas funciones que por Ley y por Estatutos le correspondan, y que no estén asignadas a otros organismos.
Junta de Vigilancia
Son funciones de la Junta de Vigilancia las establecidas en las leyes 79 de 1978, la Ley 454 de 1998, las normas reglamentarias y los presentes Estatutos:
- Expedir y aprobar su propio reglamento y elegir entre sus miembros un Presidente.
- Velar porque los actos de los organismos de administración se ajusten totalmente a las prescripciones legales, estatutarias, reglamentarias, a los principios cooperativos y del sistema de economía solidaria. Para lo anterior, deberá analizar periódicamente la gestión de cada organismo de administración, vigilancia y control y demás áreas de acuerdo a la estructura de la Cooperativa.
- Informar a los organismos de administración, al Revisor Fiscal, a los de Vigilancia y control del Estado y a otras autoridades competentes sobre las irregularidades que presenta el funcionamiento de “COOMULTRUP”, y dar recomendaciones sobre las medidas que deben adoptarse.
- Conocer las quejas y reclamaciones de los asociados sobre los actos de los directivos y la prestación de los servicios de ”COOMULTRUP”, transmitirlos al organismo competente y solicitar la aplicación de las medidas correctivas o las informaciones o aclaraciones a que hubiere lugar por el conducto regular y con la debida oportunidad.
- Hacer llamados de atención a los asociados (as) cuando incumplan los deberes consagrados en la Ley, en los presentes estatutos o en reglamentos internos.
- Solicitar la aplicación de sanciones a los asociados (as) cuando haya lugar a ello y velar porque el organismo competente, para su aplicación, se ajuste al procedimiento establecido para tal efecto.
- Verificar la lista de asociados (as) hábiles e inhábiles para participar en las Asambleas o en la elección de delegados.
- Rendir informes sobre sus actividades a la Asamblea General.
- Convocar a la Asamblea General en los casos establecidos por la Ley y los presentes estatutos.
- Presentar recomendaciones a los organismos de administración sobre asuntos propios del control social.
- Asistir a las reuniones de Consejo de Administración con voz pero sin voto.
- Las demás que le asigne la Ley, siempre y cuando se refieran al control social y no correspondan a funciones propias de la Revisoría Fiscal.
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